Si alguien pacta con Dios (con las condiciones para un convenio expuestas en los libros de los de Taudîh Al-Masâ’il Marâÿa’ [1]) y no las cumple, no hay diferencia entre si promete realizarlo o dejar de realizarlo un acto, deberá pagar la expiación; es decir saciar a 60 indigentes, ayunar durante 2 meses[2] o poner en libertad a un esclavo.[3]
[1]– Por ejemplo para convenir en un asunto común le corresponde y necesita de ser leído el contrato (es decir cuando realizarlo es mejor que dejar de realizarlo), diga: “Pacté con Dios realizar tal acto”. Pero si no realizó el contrato o dese la opinión de la ley Divina ese acto no sea un buen acto, su pacto no tiene validez. Recurrir a: Taudîh Al-Masâ’il Marâÿa’, t.2, p.622, asunto 2667, 2668.
[2]– Es decir un mes o 31 días deberá ayunar en forma continua pero el resto, es decir 29 días puede tomarlos en forma discontinua.
[3]– Taudîh Al-Masâ’il Marâÿa’, t.2, p.622. asunto 2669.