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Una vida matrimonial consistente, estable y continua necesita de bondad, amistad, concordancia y consideración mutua así como del reconocimiento legal y respeto del derecho recíproco. La religión del Islam consideró para cada uno, mujer y hombre, una serie de derechos para que el ámbito y la pequeña sociedad de la familia se fortalezca y permanezca, y ante estos derechos determinó también varias obligaciones, puesto que Dios en cualquier lugar que consideró un derecho estableció también una obligación. En esta respuesta, por la pregunta realizada en cuanto de las obligaciones de las mujeres hacia los hombres, mencionamos algunas de las obligaciones más importantes religiosas y legales que la mujer debe cumplir en el matrimonio. O explicado de otra manera el derecho que tienen los hombres por parte a las mujeres:
1. La aceptación de la dirección del hombre: si en la vida matrimonial y familiar se presenta una dificultad o contrariedad, la resolución de ésta se lleva a cabo con la última decisión del marido. Claro está esa obligación del hombre no debe estar fuera de una buena fraternización y cooperación, religiosa y legal, ni tampoco debe ser causa del abuso de éste.
2. La obediencia de la mujer en cuanto al hombre: la mujer deberá mostrar un estado de aceptación respecto a la relación sexual y demás asuntos sensuales del hombre hacia ella, y mostrar preparación en la medida de las posibilidades corporales y espirituales, según lo convencional. A menos que tenga una escusa religiosa y legal, tal y como el período menstrual, alguna enfermedad y otros.
3. Obedecer al hombre en el lugar a residir y la vivienda, a menos que el hombre haya otorgado (en el convenio matrimonial) a la mujer esta opción, o el que el lugar a habitar se encuentre en contra de la dignidad social de la mujer, o le cause una pérdida vital o corporal a ella.
4. Obedecer al hombre para salir de casa o permitir la entrada de otros al hogar en la medida de lo convencional, a menos que salga para realizar una obligación religiosa tal y como participar en la Peregrinación obligatoria o para alguna curación, o el permanecer en casa provoque para la mujer una pérdida vital, corporal y de honor.
5. Obedecer al hombre en el asunto del permiso para trabajar y el tipo de trabajo a realizar, en caso de que sea un trabajo opuesto a lo esperado por lo convencional en esa época, lugar, situación y en el género de la mujer y el hombre.
La Esencia de Dios Todopoderoso creó a la mujer y al hombre desde la perspectiva corporal y espiritual en tal forma que con la ausencia de uno de estos dos, es imposible la aparición y sobrevivencia. Así tampoco es posible proveer en forma completa las necesidades corporales y espirituales de uno estando el otro ausente, ni tampoco es posible la perfección espiritual y religiosa de cada uno en forma individual y social. Es como si cada uno fuese parte de una existencia completa y el uno sin el otro son incompletos y en una relación recíproca son complemento el uno del otro.[1]
Dios Supremo tomando en cuenta la creación de una mujer y un hombre así, y las diferencias espirituales y corporales de estos dos, estableció los derechos y las obligaciones[2] matrimoniales y familiares especiales en forma convencional y particular para cada uno de ellos, y en esta forma sean provistas las necesidades de cada uno, en el mundo y en la otra vida, en forma completa.
Estos derechos y obligaciones desde tres puntos de vista: jurídico[3], moral [4] y legal[5] han sido causa de atención entre los sabios religiosos. Y ya que la pregunta es respecto a las obligaciones legales de la mujer hacia el hombre, y las obligaciones morales también son las mismas, son complemento y garantizadoras de las obligaciones legales[6], y las obligaciones jurídicas tampoco tienen una gran diferencia con las obligaciones legales de la mujer, a continuación mencionamos en forma sucinta estos derechos y obligaciones desde el punto de vista moral y legal.
Primera parte, obligaciones morales:
Las obligaciones morales de la mujer, según las narraciones, se presentan en dos partes: los valores y la importancia de las obligaciones en el matrimonio, y las mismas obligaciones:
1. El valor y la importancia de las obligaciones matrimoniales:
a) El Profeta (s.a.w.) dijo: “Si fuese permitido prosternares ante otro fuera de Dios, sin duda ordenaría a la mujer que se prosternara ante su marido”.
b) El derecho que tiene el hombre sobre la mujer es el mayor y más elevado derecho que cualquier otro.
c) El ÿihâd (lucha santa) de la mujer es la tolerancia que tiene ante las molestias que le causa el hombre.
d) La mujer no debe enojar a su marido aunque él la moleste.
e) La mujer que su marido esté disconforme, sus actos de devoción no serán acepados.
f) La mujer que no aprecie a su marido, no recibirá recompensa por sus actos de devoción.[7]
2. La obligación moral matrimonial:
a) La mujer no debe desear a otro fuera de su marido de lo contrario ante Dios es considerada una adúltera.
b) La mujer deberá responder a las necesidades corporales y sexuales del hombre aunque se encuentre en el lomo del camello, y cada mañana y noche en caso de que el hombre pida, debe prepararse para él, de lo contrario será maldecida por los ángeles.
c) La mujer sin el permiso de su marido no deberá tomar ayunos preferentes. Es evidente que esto es sólo un ejemplo, de lo contrario cualquier asunto preferente tiene este mismo dictamen.
d) La mujer no debe alargar la oración con la intención de no responder de inmediato a las necesidades del hombre.
e) La mujer sin el permiso del marido no debe dar nada a nadie inclusive limosna.
f) La mujer sin el permiso del marido no debe salir de casa, de lo contrario será maldecida por los ángeles del cielo y de la tierra, y por los ángeles de las bendiciones y la cólera.[8]
g) La mujer debe maquillarse y arreglarse para su marido y no debe usar perfumes para otro fuera de él, de lo contrario sus oraciones no serán aceptadas.[9]
Segunda parte, obligaciones jurídicas y legales:
A continuación mencionamos las obligaciones canónicas y legales de la mujer en dos formas: las obligaciones comunes entre la mujer y el hombre, y las obligaciones especiales de la mujer.
1) Las obligaciones comunes:
a) La buena fraternización: la mujer y el hombre tienen la obligación recíproca en la vida común familiar y matrimonial de tener un buen comportamiento, ser amables y hablarse con respeto, y de alejarse de cualquier mal comportamiento, rudeza y falta de respeto a menos que tenga una excusa canónica, legal o convencional.
b) La cooperación: la mujer y el hombre deberán cooperar y ayudarse para el progreso y el fortalecimiento de la vida familiar, y la norma de esta cooperación también es según lo que se espera de lo convencional, de la cultura, del tiempo, del lugar y de la situación de estos dos. Como ejemplo, si lo convencional considera que los quehaceres de la casa, la educación de los hijos y la lactancia del niño deben ser asumidos por la mujer, y los trabajos fuera del hogar por el hombre, los dos deben cooperar en estos asuntos delegados.
c) La educación de los hijos: la mujer y el hombre tienen la obligación de esforzarse en la medida posible y exigible por lo convencional de la época, del lugar y de la situación en el desarrollo y la educación de los hijos.
d) La fidelidad: la mujer y el hombre no deben sostener una relación ilícita con otra persona.
2) Obligaciones especiales de la mujer hacia al hombre:
a) La aceptación de la dirección del hombre: si en la vida matrimonial y familiar se presenta una dificultad o contrariedad, la resolución de ésta se lleva a cabo con la última decisión del marido. Claro está esa obligación del hombre no debe estar fuera de una buena fraternización y cooperación, religiosa y legal, ni tampoco debe ser causa del abuso de éste.
b) La obediencia[10] de la mujer en cuanto al hombre: la mujer deberá mostrar un estado de aceptación respecto a la relación sexual y demás asuntos sensuales del hombre hacia ella, y mostrar preparación en la medida de las posibilidades corporales y espirituales, según lo convencional. A menos que tenga una excusa religiosa y legal, tal y como el período menstrual, alguna enfermedad y otros.
c) Obedecer al hombre en el lugar a residir y la vivienda, a menos que el hombre haya otorgado (en el convenio matrimonial) a la mujer esta opción, o el que el lugar a habitar se encuentre en contra de la dignidad social de la mujer, o le cause una pérdida vital o corporal a ella.
d) Obedecer al hombre para salir de casa o permitir la entrada de otros al hogar en la medida de lo convencional, a menos que salga de casa sea para realizar una obligación religiosa tal y como participar en la Peregrinación obligatoria o para alguna curación, o el permanecer en casa provoque para la mujer una pérdida vital, corporal y de honor.
e) Obedecer al hombre en el asunto del permiso para trabajar y el tipo de trabajo a realizar, en caso de que sea un trabajo opuesto a lo esperado por lo convencional en esa época, lugar, situación y en el género de la mujer y el hombre.
Hasta aquí se presentaron las obligaciones y responsabilidades que tiene la mujer hacia el hombre en forma sucinta. A continuación en forma resumida se mencionan las obligaciones del marido hacia la mujer.
Tercera parte, obligaciones del hombre hacia la mujer:
A continuación se mencionan las obligaciones que tiene el hombre hacia la mujer, en dos partes: obligaciones morales y obligaciones legales.
A) Las obligaciones morales:
Desde el punto de vista de las narraciones éstas obligaciones se presentan en dos partes: el valor del buen trato hacia las mujeres, y los requerimientos de conducta hacia ellas.
1) El valor del buen trato hacia las mujeres:
a) La amistad con la conyugue es una costumbre de los Profetas.[11]
b) Mostar amistad hacia la mujer es un acto que nunca olvida.
c) Perdonar las equivocaciones de la mujer, en caso de haber tenido un mal comportamiento.
d) Ser amables y tratar bien a la mujer.
e) Los mejores hombres ante Dios Sublime son aquellos que tienen el mejor comportamiento con sus mujeres.
f) Los hombres más queridos son aquellos que son más amables hacia sus mujeres.
g) Los hombres deben temer a Dios Sublime por, no sea que no haya realizado aquello que es derecho de la mujer.
2) Obligaciones morales:
a) Ver a la mujer como una flor, no como una sirvienta, para proteger su frescura y lozanía, y no debe pedírsele a la mujer un trabajo más difícil que lo convencional.
b) Proveerse de más y mejores utensilios decorativos, indumentaria, alimentos, en especial en los días festivos.
c) Consultar con la mujer en los asuntos importantes de la vida.
d) Respetar el comportamiento y el derecho de la relación sexual con la mujer.
B) Las obligaciones legales:
Estas obligaciones son en dos formas, comunes y especiales, que la primera parte de éstas lo mencionamos ya en las obligaciones legales comunes de la mujer y el hombre.
Cuarta parte, obligaciones legales especiales del hombre hacia la mujer:
1) Obligaciones materiales y pago de la pensión alimenticia:
a) Provisión de alimentos en la medida convencional del tiempo, lugar y situación proporcional de la mujer.
b) Provisión del vestido, en la medida convencional del tiempo, lugar y situación proporcional de la mujer.
c) Provisión de cosméticos y adornos, en la medida convencional del tiempo, lugar y situación proporcional de la mujer.
d) Provisión de casa, en la medida convencional del tiempo, lugar y situación proporcional de la mujer.
e) Provisión de los enseres de la casa, en la medida convencional del tiempo, lugar y situación proporcional de la mujer.
f) Provisión de sirvienta, en caso de que el rango social y familiar de la mujer lo demande, o en caso de que esté enferma.
g) Curación de la enfermedad que tiene la mujer, en caso de estar enferma.[12]
2) Obligaciones matrimoniales del hombre hacia la mujer:
La ley en este caso no dictamina nada y considera suficiente la buena fraternización.
Pero los juristas dividieron este asunto en dos partes:
a) El derecho de la mujer por parte del hombre, es que si la mujer es virgen después del matrimonio deberá pasar con ella siete noches, y si no lo es debe pasar con ella tres noches, y si tiene una esposa, deberá quedarse con ella cada cuatro noches y las otras tres noches está libre. Cuando tiene varias esposas deberá pasar con cada una de ellas una noche de las cuatro noches[13], y otros.
b) Relaciones sexuales: el marido está obligado una vez cada cuatro meses a tener relaciones sexuales con su esposa y esto es considerado uno de los derechos de la mujer.
[1]– Prof. Misbâh Yazdî, Folleto Los derechos de la mujer en el Islam, reunión 209, p.2096.
[2]– Sagrado Corán (2:233); (4:4); (16:21 y 72); (30) y otras aleyas coránicas correspondientes a los derechos y las obligaciones de la mujer y del hombre.
[3]– Los juristas y sabios con autoridad legal mencionaron el dictamen legal y las obligaciones de la mujer en el capítulo de los mandatos religiosos del contrato matrimonial permanente, Kitâb Nikâh (libro del matrimonio).
[4]– Lo mencionado en esta respuesta respecto a las obligaciones morales, son narraciones que heredamos de los Inmaculados Imâmes (a.s.) y todas éstas fueron extraídas del libro Hilîat Al Mutaqîn, capítulo cuarto, sexta parte, respecto a los derechos recíprocos de la mujer y del hombre, y sus mandatos religiosos.
[5]– Aquí es necesario mencionar en forma resumida las diferencias entre los mandatos morales y las leyes legales: (1) El dictamen moral es según el dictamen de la razón y de la religión, mientras que el establecimiento de la ley se realiza a través de una eminencia competente tal y como el poder legislativo, el poder ejecutivo, el poder jurídico o cualquier otro poder digno. (2) Los mandatos religiosos morales observantes de la relación del individuo con Dios, con sí mismo y con otros, pero las leyes legales observan la relación de una persona con otra dentro de una sociedad. (3) El último propósito de la moral es llegar a la perfección humana y acercarse a Dios; pero el propósito de la ley es proveer los beneficios del mundo, el orden y la organización de una vida tranquila y sin problemas. (4) Los mandatos morales centran su atención en la intención y el motivo, pero las leyes legales en lo aparente del acto. (5) Las reglas morales tienen valores positivos, pero las leyes legales pueden ser realizadas también con la intención de hipocresía. (6) Los manatos morales son tanto obligatorios como preferentes, pero las leyes legales todas son necesarias. (7) Los mandatos morales tienen una protección bajo sanción interna y externa, pero las leyes legales son impuestas por el gobierno. Recurrir a las obras de filosofía, moral y a los folletos de Serie de lecciones de la sabiduría del Corán, reunión 177.
[6]– Todos los artículos legales utilizados en esta respuesta: desde el artículo 1112 hasta 1117 de la ley civil, y leyes de proceso correspondientes a este artículo fueron extraídos del libro Las Leyes Civiles, t.4, p.5 del Dr. Husaîn Imâmî, y del libro los derechos de la Familia, t.1 del Dr. Hasan Safâî y Asadul.lah Imâmî.
[7]– Maÿlisî, Hilîat Al Mutaqîn,sexto capítulo, pp.76-77.
[8]– Una diferencia: según el punto de vista de los juristas religiosos la mujer puede pedir al marido una compensación por los trabajos que realiza en casa, pero los juristas, o por lo menos un grupo sostiene que esto es parte de la cooperación de la mujer con el hombre, y no debe pedir compensación por la realización de las obligaciones. Safâ’î e Imâmî, Libro de los derechos de la Familia, t.1, p.162.
[9]– Hilîat Al Mutaqîn, t.6, pp.76-79.
[10]– Para el significado de “obediencia” general y particular el interesado deberá ecurrir al Libro de los derechos civiles, p.173.
[11]– Tabâtabâî Ÿazdî, ‘Urwat Al-Wuzqâ, t.2, Libro el matrimonio, p. 626.
[12]– La mayoría de los juristas no consideran este asunto como obligación del hombre, Libro de los derechos civiles, p.343.
[13]– Esta opinión es famosa ante otro punto de vista que dice, la norma es no alejarse de ellas. Ídem, p.446.